¡Va de nuez! Consulta a comunidad de San Andrés Cuexcontitlan

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Por Juan Carlos Gonzalez Diaz, Presidente del Foro de Abogados Progresistas del Estado de México; A. C.

La comunidad indígena otomí de San Andrés Cuexcontitlan, ha venido dando una lucha por demás ejemplar, en defensa de sus recursos naturales, en este caso el agua de su territorio, ante el Organismo de Agua y Saneamiento de Toluca (órgano desconcentrado del H. Ayuntamiento de Toluca), quien, sin haber realizado una consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada, en el año 2016, decidió de manera unilateral, instalar y sustraer el vital líquido en dicha comunidad.

Ante ese hecho, integrantes de San Andrés Cuexcontitlan se inconformaron con dichas obras, por lo cual decidieron interponer un juicio de amparo, a fin de que previo seguimiento o la materialización de la instalación de dicho pozo, debió de consultárseles. Ya que tanto la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, diversos Tratados Internacionales y leyes federales como locales, los protegen, reconociéndoles el derecho a que puedan decidir a través de sus usos y costumbres, cualquier obra que realicen en suss territorio, la administración pública, ya sea federal, estatal o municipal.

Sin embargo, algo que pudiera entenderse de manera fácil y sencilla, es para algunos muy difícil de comprender, que dichos pueblos originarios ya sean Otomís, Mixes, Mazahuas, Yaquis, etc, tienen un derecho ancestral sobre los recursos naturales de sus territorios, y los cuales fueron expoliados a partir de la colonia, arrancándoles sus tierras y recursos naturales.

Por ello, desde la propia constitución de 1917, los acuerdos de San Andrés Larrainzar de 1996, y la reforma constitucional de 2002 donde se le dio reconocimiento a los pueblos originarios de México en su artículo 2°, así como diversos Tratados Internacionales, como lo es Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales, y la Declaración de las Naciones Unidos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, entre otros no menos importantes, han venido reconociéndoles derechos que tienen dichas comunidades originarias, entre otras cuestiones que bajo sus usos y costumbres puedan estos decidir de manera libre lo que concierne a su vida comunitaria y su territorio.

Lucha que han venido dando los pueblos originarios, no solo en México, sino en muchos países latinoamericanos, no ha sido de manera gratuita el que empiece a respetarse sus decisiones, que puedan estos pueblos y comunidades el decidir lo más conveniente para sus pueblos.

Este domingo 21 de agosto, se llevó a cabo en dicha comunidad originaria, una consulta libre, previa e informada y culturalmente adecuada, sobre la instalación, funcionamiento y operación de las fuentes de abastecimiento de agua (pozo), instalación electromecánica y red hidráulica para su distribución, ubicada en la comunidad de San Andrés Cuexcontitlán, Barrio de Santa Rosa, que a la fecha viene operando el Organismo de Agua y Saneamiento de Toluca.

Consulta que deberá de realizarse de nueva cuenta, en virtud de que la realizada con anterioridad (el día 26 de diciembre del año pasado) fue anulada por el C. Juez Segundo de Distrito del Estado de México. Por lo que se ha obligado a que Agua y Saneamiento de Toluca, en su carácter de autoridad ordenadora en conjunto con el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas como órgano técnico y la Comisión Estatal de Derechos Humanos como órgano garante, realizar dicha consulta libre, previa, informada, trasparente y culturalmente adecuada, a dicha comunidad.

Es por ello, de suma importancia para las comunidades originarias del Estado de México; el que estos puedan reconocer la importancia de sus derechos a fin de que se respeten sus usos y costumbres, su derecho ancestral de los recursos naturales en su territorio y que las autoridades de cualquier ámbito los respeten y que sin duda la comunidad originaria de San Andrés Cuexcontitlan, es un gran ejemplo de ello, por la lucha legal que han venido dando para defender sus recursos naturales.