A diez años de la reforma en derechos humanos. ¿Qué falta?

0
96

Por Juan Carlos González Díaz, Presidente del Foro de Abogados Progresistas del Estado de México, A.C.

Si se ha avanzado en materia de derechos humanos, esto a partir de la reforma constitucional que se llevó acabo en México el 10 de junio del año 2011, a fin de entre otras cuestiones, dar cumplimiento al caso Radilla-Pacheco, y que solo mediante este tipo de casos paradigmáticos, es cuando el Congreso de la Unión decide realizar una adecuación profunda de nuestro sistema jurídico, impulsados por la sociedad civil y el propio Poder Judicial Federal, para con ello ponerse en concordancia con lo que a nivel internacional se venía exigiendo por parte de la Comisión y Corte Interamericana de Derecho Humanos, y que es precisamente que los tratados y convenciones internacionales fuesen considerados en la misma jerarquía que nuestra Carta Magna, es por ello que hubo la necesidad de realizar dicha reforma, la cual se vio cristalizada el 10 de junio del año 2011, reformando el artículo 1º constitucional para ello, y estableciendo la obligación del Estado y de toda autoridad, en atender los tratados y convenios internacionales en los que México forme parte, con igualdad de jerarquización que nuestra propia Carta Magna:

“1) en el reconocimiento por parte del poder judicial de que los derechos humanos de fuente internacional tienen rango constitucional, y de esta manera dándoles el lugar jerárquico que les corresponde en el ordenamiento jurídico mexicano y 2) estableciendo que las decisiones de la corte interamericana de los derechos humanos, aun en aquellos casos en los que México no sea parte, son vinculatorias para los puentes en el país….”(Salazar Ugarte Pedro 1º de junio Aniversario de la reforma Constitucional de Derechos Humanos, CONAPRED, p. 4).

Además de que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

En un contexto, donde la jerarquía de normas se ha ido globalizando, en nuestro país no podía pasar desapercibido en ese aspecto, se hacía  necesaria dicha reforma constitucional, la cual vino a dar una nueva forma de ver el derecho, es por ello que a 10 años de la reforma constitucional en materia de derechos humanos más importante  que se ha llevado a cabo en el último siglo en México; se tiene aún muchos pendientes, principalmente en lo que concierne a los derechos económicos, sociales, económicos y ambientales.

Se hace necesario que los Tribunales Federales tengan una mayor apertura para ese tipo de controversias, cada día hace más difícil que la gente común pueda acceder a ese tipo de juicios y recursos jurídicos en materia federal, ya que los tecnicismo y requisitos para implementar cualquier juicio cada día se hacen más difíciles para el común de los justiciables sino es con una abogado conocedor del entramado de la ley de Amparo, y por si fuera poco, los propios juzgadores realizan una deficiente estudio de dichos derechos humanos conocidos como “DESCA” para que se respeten y protejan los mismos y  que el propio pueblo pueda acceder a ellos, cuestión que no ha pasado desapercibida para el propio presidente de la Suprema Corte Justicia de la Nación; Ministro Arturo Zaldívar:

“El siguiente paso en la evolución de la jurisprudencia mexicana es acabar con la pobreza y disminuir la brecha de desigualdad. Como Tribunal Constitucional estamos llamados a convertirnos en un factor decisivo de cambio social: Ministro Presidente Arturo Zaldívar”. (Conmemoración de la Reforma Constitucional en Materia de Derechos Humanos y Amparo).

Los justiciables siguen esperando que a la brevedad dicha evolución llegue, ya que hasta ahora el sentir de la gente, es que el juicio de amparo solo es para la gente que tiene recursos económicos para pagar un abogado y no cualquier abogado, sino con   conocimientos en la Constitución, Ley de Amparo, jurisprudencia y derechos humanos, lo cual si no es con ello, los aleja de una verdadera impartición de justicia para los más desposeídos.