Exhibe COVID-19 importancia de atención prioritaria a pobres

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Protección de los derechos humanos de los que menos tienen.

Por Lic. Juan Carlos Gonzalez Diaz, Presidente del Foro de Abogados Progresistas del Estado de México; A. C.

El 27 de marzo de 2020 en el Diario Oficial de la Federación, el Titular del Poder Ejecutivo Federal, decreto diversas acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general, para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19); ante ello, y el miedo natural que produce dicha crisis de sanidad algunas autoridades municipales han amenazado con usar la fuerza públicas para que las personas no salgan de sus casas, algo por demás de ilegal es inconstitucional, en razón de que ninguna autoridad estatal, municipal o comunal puede restringir los derechos de los ciudadanos ya que esa es una facultad discrecional del presidente de la República que no puede usurpar nadie y con aprobación del Congreso de la Unión; de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 29 de nuestra constitución política.

De ninguna manera podría decirse que estamos en contra del #quedateencasa, sin embargo, no es posible caer en la anarquía, donde cualquiera puede violentar derechos individuales de las personas, como son su derecho de reunión, o libre tránsito en la inteligencia de que el Consejo General de la Secretaria de Salud y de la propia Secretaria de Salud son los únicos autorizados para hacerlo, ya que incluso en el propio decreto se establece que es voluntario el resguardo domiciliario en su fracción “IV”.

“IV. Se exhorta a toda la población residente en el territorio mexicano… a cumplir el resguardo domiciliario corresponsable del 30 de marzo al 30 de abril de 2020. Se entiende como resguardo domiciliario corresponsable a la limitación voluntaria de movilidad, permaneciendo en el domicilio particular o sitio distinto al espacio público, el mayor tiempo posible.”

Es importante precisar que muchas personas por cuestiones de trabajo no pueden dejar de laborar para tener un ingreso diario. Son personas que viven al día, y que son las más desgraciadamente en nuestro país. Son éstas las que no tienen prestaciones de seguridad social y también están aquellas que están a punto de perder su empleo o viven con esa incertidumbre. La cuenta puede empezar por los comerciantes ambulantes y las trabajadoras del hogar, pero el riesgo no acaba en esos grupos.

De ahí que el #quedatenecasa no puede ser aplicado a rajatabla como lo han expresado algunas autoridades municipales en el país, ya que ese lujo sólo se lo pueden dar quienes tienen un salario fijo o tienen suficiente ahorro para ello y no depende de un a venta del día o alguna actividad económica diaria. Por lo cual, hasta que el presidente de la República no haga la suspensión o restricción de nuestros derechos individuales, sólo entonces, las personas con necesidades básicas estarían imposibilitadas a salir por el sustento diario.

Por ello es importante que las personas que tenemos la posibilidad de quedarnos en casa apoyemos en lo posible a los que por motivos de su trabajo o actividad comercial no lo pueden hacer, porque viven al día; consumiendo o utilizando sus servicios a fin de hacer menos difícil y penosa su situación económica y que puedan sobrellevar la crisis sanitaria en nuestro país, y que es también de forma mundial.

* Fotografía tomada de internet.