Ninguna decisión de particulares o del Estado puede restringir libertades

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Cualquier normativa que evite que una persona, por su identidad sexual, acceda al matrimonio o forme una familia es discriminatoria y atenta contra los derechos humanos, destacó la especialista en derecho y justicia administrativa de la Universidad Autónoma del Estado de México, Guadalupe Monroy Cruz. 

Indicó que el artículo primero de la constitución mexicana prohíbe cualquier norma discriminatoria que se sustente en la orientación sexual de las personas, por lo que ninguna decisión de particulares o del Estado puede restringir libertades, pues ello podría interpretarse como la existencia de ciudadanos de primera y segunda clase. 

Durante el Tercer Congreso contra la Homofobia, Bifobia y Transfobia, organizado por los integrantes de la Organización de Estudiantes en Pro de la Salud (OEPSA) de la Facultad de Medicina de la UAEM, la ponente detalló que el matrimonio genera diversos beneficios como pensión de sobrevivencia, de tipo hereditarios y sucesión de derechos para los cónyuges, entre otros. 

Al dictar la ponencia “Adopción homoparental y matrimonio igualitario en México”, señaló que la familia homoparental renueva la estructura del concepto de familia en la sociedad; además, la procreación no puede ser exclusiva de un modelo único de sexualidad como lo es para una pareja conformada por un hombre y una mujer. 

Guadalupe Monroy Cruz concluyó que el derecho al matrimonio igualitario y a la adopción por parte de parejas homosexuales garantiza el derecho a la libre personalidad, al libre desarrollo, a la dignidad humana e integridad personal.