Por Juan Carlos González Díaz, Presidente del Foro de Abogados Progresistas del Estado de México. A. C.
En medio de la polémica que ha generado la no vinculación a proceso del general Salvador Cienfuegos, por parte de la Fiscalía General de la República; y más aún ante la avalancha de desinformación que se ha suscitado en torno a dicho asunto. Es conveniente realizar algunas consideraciones desde el punto de vista jurídico, de manera sencilla y clara, para que la gente que no está familiarizada con los términos legales, entienda lo que sucedió y dejar las meras suposiciones de columnistas, que no tienen el más mínimo rigor jurídico u ONG’S que en su mayoría se guían por sus propios intereses, y que por supuesto no son los del gobierno.
Algunas observaciones del por qué la acusación realizada por la “DEA” nunca estuvo debidamente formulada con pruebas suficientes ya no digamos evidentes, por lo menos:
Del expediente de 743 páginas que reproducen mensajes telefónicos, cuya obtención legal está en duda, ya que no consta que lo hayan obtenido con autorización de un juez, donde presentan una serie de datos inexistentes, imprecisos e inverosímiles. Debe entenderse que para formular una acusación en contra de cualquier persona, no sólo del general Cienfuegos, debe presentarse con las debidas diligencias y medios probatorios, por ello, resulta extraño que la llamadas organizaciones de derechos humanos insistan en juzgar al general pasando por alto la presunción de inocencia, legalidad, debido proceso, seguridad jurídica, que es algo que ellos supuestamente siempre han defendido.
Además, el que no se haya ejercido la acción penal en contra del General Cienfuegos, no quiere decir que no hay nada que hacer. Esa decisión de no ejercicio de la acción penal se puede impugnar, de hecho, existe jurisprudencia al respecto. Si alguien se siente inconforme con dicha posición de la FGR pueden acudir a impugnarlas e incluso ya no será la propia Fiscalía General de la República quien lo tendría que determinar, sino la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación, claro bajo ciertos requisitos, pero es posible; las ONG’S en lugar de quejarse deberían impugnar dicha decisión de la fiscalía.
Qué sentido lógico y jurídico puede tener que una investigación que se tardó 8 años, un día los acusadores de repente dicen ‘no, no tenemos nada en contra’, lo ponen en libertad absoluta y nos los mandan para México”, enfatizó.
“¿Cómo si tú tienes una investigación sólida con pruebas irrefutables, las presentas ante un juez y luego te rajas? eso no tiene ningún valor en un procedimiento penal, ninguno. No encontraron elementos y buscaron cómo echar la bolita”, aseguró en tono colérico” (Aristegui Noticias 20/enero/21).
Muchas veces los grupos antagónicos al propio gobierno de “La 4T”, ONG’S y por supuesto articulistas y muchos medios de comunicación, ofuscados también de manera primordial han abusado de la buena fe de la sociedad, principalmente por la falta de conocimiento jurídico especializado, basándose para ello en meras apreciaciones de carácter personal, sin ningún criterio jurídico, que es el que debía prevalecer en este asunto del general Cienfuegos.