Una realidad, los derechos al Estado de Bienestar inscritos en la constitución.
Por Lic. Juan Carlos Gonzalez Diaz, Presidente del Foro de Abogados Progresistas del Estado de México; A. C.
El pasado 7 de mayo se realizó la publicación en el Diario Oficial de la Federación, el decreto de reforma y adición del artículo 4° constitucional, que eleva a rango constitucional el Estado de Bienestar, misma reforma que convierte en derechos sociales un conjunto de programas y políticas sociales sobre salud y a favor de adultos mayores, personas con discapacidad permanente y estudiantes de escuelas públicas de todos los niveles.
Así es. El gobierno progresista del Presidente Andrés Manuel López Obrador, incluyendo las Cámaras de Diputados y Senadores que votaron a favor por dicha reforma, extiende la protección constitucional de grupos vulnerables y ahí la importancia de la misma, elevando a rango constitucional dichos derechos.
Es decir, han sido reconocidos por el orden jurídico constitucional y que por tanto serán vinculantes y obligatorios para el Estado y sus autoridades estableciéndose como responsable y garante de los mismos, además, por estar establecidos en nuestra Carta Magna, deben de prevalecer por encima de cualquier ordenamiento. La reforma constitucional establece de manera general los siguientes derechos sociales:
Derecho a la salud, haciendo obligatoria la atención gratuita a grupos en condición de vulnerabilidad entre otros derechos reconocidos, así como la extensión progresiva de seguridad social para la población que se encuentra en estado de vulnerabilidad.
También obliga a crear un sistema nacional de salud para personas que no cuentan con acceso a la seguridad social y tiene como finalidad asegurar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de este sector poblacional.
Establece además que el Estado garantizará el apoyo económico a personas con discapacidad permanente, priorizando a menores de 18 años, indígenas, afromexicanas, y aquellas en condición de pobreza.
Incluye el derecho a una pensión a las personas adultas mayores de 68 años en adelante. En caso de personas indígenas y afromexicanas, este apoyo se otorgará, a partir de los 65 años de edad.
De la misma manera, pone en marcha un sistema de becas para los estudiantes de todos los niveles escolares de educación pública, priorizando los que viven en familias en condiciones de pobreza. Esta medida pretende garantizar el derecho a la educación con equidad.
Con ello se pone énfasis en garantizar los derechos de los que menos tienen, dejando ninguna duda de qué lado está el gobierno progresista de la 4t, y que incide precisamente donde presidentes de la república fueron y vinieron, sexenios pasaron, sin embargo nunca se hizo justicia que garantizara los derechos antes referidos para los grupos vulnerables y donde este sistema neoliberal se encargó de producir más pobres en nuestro país, ya que más de la mitad de habitantes en el país vive en condiciones de pobreza.
Ahí la importancia de dicha reforma, por fin se les hace justicia para que dichos programas sociales sean obligatorios y exigibles para el Estado.
* Fotografía ilustrativa.